lunes, 14 de enero de 2008

TODO SIGUE IGUAL

La primera reunión después de las movilizaciones deja todo igual. La Dirección no quiere hablar sobre el tema que realmente nos importa, los 2 días de descanso semanal ya que la reunión la han querido centrar únicamente en la aplicación del Real Decreto 902 y que esta aplicación sea a costa del trabajador.
Más de cinco horas de reunión sólo han servido para llegar a dos acuerdos: Habrá reuniones dos días a la semana y TMB reconoce que los conductores/as no hacen el descanso que obliga la Ley.
La Dirección sigue en sus trece con los tres puntos de siempre, sólo quiere hablar de una parte del problema: tiempo de descanso diario, eliminación del tiempo de presencia y el pluriempleo a lo que desde el Comité de Descansos se ha añadido dos temas más; Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya que reconoce el derecho a los 15 minutos de bocadillo, y de establecer un nuevo calendario de descanso semanal con dos días de fiesta.
En cuanto a la aplicación del descanso diario, la Dirección dice que esta aplicación conllevaría: el partir todos los servicios, meter más puntos de relevo, prestar servicio en más de una línea cada día y cambiar el reglamento de escogida de servicios. En definitiva, la Dirección quiere quitarnos la propiedad del servicio.
No hay que olvidar que la interpretación del Comité de Descansos es totalmente diferente. Entendemos que el descanso diario debe estar dentro de jornada y por cuenta de la empresa porque así se desprende de la interpretación del convenio de TB. También entendemos que el número de partidos y su duración están acotados igualmente por Convenio, por lo que realmente entendemos que las propuestas de la Dirección chocan frontalmente con el convenio.
Para nosotros es fundamental introducir en la negociación la reducción de jornada que implica la correcta interpretación del RD 902 ya que con ella podremos acercarnos a la consecución de la meta final que son los dos días de descanso semanal. Mientras no llegue el acuerdo, hoy hemos vuelto a pedir que a los conductores/as de autobuses se nos compense de alguna manera, o con dinero 200€/mes o días de descanso hasta que se pueda aplicar.
El jueves que viene está previsto hablar del tiempo de presencia.

MANIFESTACIÓN CIUDADANA EN FEBRERO DE APOYO A LOS CONDUCTORES/AS Y CONTRA LA ACTUACIÓN DE LOS MOSSOS
Ante la agresión que sufrió nuestro compañero Teodoro por parte de los Mossos d’Esquadra cuando fue detenido, golpeado y puesto a disposición judicial con la acusación de haber sido él el que agredió a dos mossos, el Comité de Descansos ha decidido convocar una manifestación para febrero para denunciar ante la opinión pública la actuación de los Mossos d’Esquadra. La fecha concreta se informará en breve.
Durante el conflicto de autobuses la policía catalana ha protagonizado numerosos actos que han de ser censurados con energía por la ciudadanía. Los conductores/as hemos sido insultados, perseguidos, agredidos y detenidos, como ocurría en los peores tiempos del franquismo, por pedir mejoras laborales y eso no se puede permitir.
Este es el motivo que mucha gente y organizaciones de todo tipo nos hayan mostrado su apoyo activo a nuestra lucha y contra la actuación policial.
Desde el Comité de Descansos se ha convocado esta manifestación con la intención de que a ella se sumen, además de los conductores/as de TMB, todos los ciudadanos/as y todas las organizaciones que estén en contra de esta actuación policial y quieran mostrar su solidaridad con la lucha de los conductores/as de autobuses.
Ya se ha creado un grupo de trabajo específico que se va a dedicar a que esta manifestación sea un éxito. Tú puedes colaborar en ese mismo objetivo, tenemos que conseguir que esta manifestación sea un éxito de participación.

En http://comitedescansos.blogspot.com/ puedes encontrar la carta entregada a todos los partidos políticos del Ayuntamiento. Ya han pedido una reunión con nosotros ERC y el PP.

SENTENCIA SOBRE LOS 15 MINUTOS
EL TRIBUNAL SUPERIOR NOS VUELVE A DAR LA RAZÓN

Ya se ha hecho pública la sentencia del Tribunal Superior de Catalunya en la que se nos vuelve a dar la razón a los conductores/as sobre el disfrute del descanso diario de 15 minutos. Naturalmente esta sentencia no le ha gustado a nuestros directivos que han reaccionado intentando sembrar la duda entre los conductores/as sobre las consecuencias de la sentencia o sobre quien ha de pagar el tiempo de pausa que ahora podemos reclamar.
Con este artículo queremos salir al paso de las manipulaciones de TMB, aclarando la sentencia en sus puntos más importantes y adelantando los pasos que se van a dar para reclamar su correcta aplicación y los derechos retroactivos a los que, según los abogados, podamos tener derecho.
Hay que recordar que la demanda se puso el 30/1/2007 y que hasta el 10/12/2007, con la sentencia del Tribunal Superior de Catalunya no se ha podido dar por acabado el proceso judicial.
Sentencia del Juzgado nº 18, marzo de 2007
La primera sentencia fue emitida por el Juzgado 18 de lo Social y en ella ya quedaron claro dos cosas:
- Que los conductores/as que trabajamos más de 6 horas seguidas tenemos que descansar 15 minutos seguidos durante nuestra jornada.
- Que sobre la pregunta de ¿quién paga los 15 minutos de tiempo de descanso (empresa o trabajador)? la sentencia recuerda que se ha de pactar entre las partes.
Recurso de la Empresa, junio de 2007
Ante esta sentencia la Dirección de TMB presentó recurso en el que alegaba que los conductores/as descansábamos ya más de 15 minutos, lo que pasa es que los descansamos de forma fraccionada y pagada como tiempo de presencia. La empresa afirmaba también que los tiempos de espera de los finales se habían establecido para el descanso de los conductores/as y por lo tanto pedía que se anulara la sentencia y se considerara que los tiempos en los finales de línea eran tiempo de descanso que, aunque fuera de forma fraccionada, sumados superaban los 15 minutos que exigía la Ley.
CGT no recurrió la sentencia
Desde CGT se entendió que no era necesario recurrir la sentencia sobre si el tiempo de descanso se tenía que considerar jornada efectiva o no ya que la sentencia dejaba claro que eso era un tema que se tenía que establecer por acuerdo. Por otra parte está también claro que hasta que llegue ese futuro acuerdo nos tenemos que regir por el actual convenio en el que se establece que siempre que el descanso sea inferior a 20 minutos, este tiempo no se puede considerar como tiempo de partido y por tanto tiene que considerarse tiempo efectivo de trabajo.
Sentencia del Tribunal Superior de Catalunya, diciembre 2007
El alto tribunal catalán finalmente confirmó la sentencia del Juzgado 18 al no contemplar ni una sola de las apelaciones que hizo la empresa. La sentencia del Tribunal Superior establece nuevamente que los conductores/as de TMB tenemos derecho a descansar, de forma seguida, los 15 minutos que marca el Art. 34.4 del Estatuto de los trabajadores. La sentencia también recuerda que existe una nueva regulación (RD 902/2007) que eleva el descanso que reclamamos a una duración de no menos de 30 minutos cada 6 horas de conducción.
¿Cómo están las cosas?
Ahora no se trata de interpretar nada, ahora lo que hay que hacer es acatar la sentencia y ponerla en practica. Nosotros proponemos que se haga aplicando el actual convenio y de manera negociada, junto al resto de peticiones del Comité de Descansos y es por ese motivo que también hemos puesto el tema en la mesa de negociación.
Retroactividad
Ha quedado claro que la empresa, con sus recursos y con su negativa a negociar nada, lo único que pretende es retrasar la aplicación de algo que sabe que nos pertenece. Pero ahora, con la sentencia en la mano, ha llegado la hora que los conductores/as le pasemos cuentas a la Dirección por habernos dejado tantos años sin poder descansar dentro de nuestra jornada y es ese el motivo que ya se ha anunciado que se está preparando un nuevo Conflicto colectivo para reclamarle a la dirección que pague, a precio de hora ordinaria/extraordinaria los 15 minutos diarios que no hemos podido disfrutar desde un año antes de la fecha en que se puso la primera demanda (enero 2006)
No queremos levantar falsas expectativas pero creemos que existen sobradas esperanzas de que la demanda que se prepara pueda prosperar y por tanto cada conductor/a tendría que cobrar los atrasos pertinentes. A modo de ejemplo para un compañero/a con tres cuatrienios de antigüedad y que haya tenido durante los dos últimos años siempre un servicio seguido la empresa le tendría que abonar por atrasos +/- el valor de 500 días por 15 minutos (125 horas) a 18€ la hora, total 2.250 €.

Para cualquier duda, podéis llamar a cualquiera de estos teléfonos:
-676 70 50 62 (Mercader), 666 33 39 68 (Mondragón), 677 20 47 29 (Ortiz)

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